Caso Chirino: la Corte Suprema dejó firmes las condenas por la muerte de un subteniente en un "bautismo" militar en Paso de los Libres
La CSJN desestimó las presentaciones directas y cerró la vía recursiva en la causa por la muerte del subteniente Matías Chirino, ocurrida en 2022 durante una cena de bienvenida en el Grupo de Artillería de Monte 3. Quedan firmes las condenas por abandono de persona en concurso con abuso de autoridad.
Qué pasó
La Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la firma de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, desestimó el 29 de octubre de 2026 la presentación directa (recurso de hecho) de la querella en la causa por la muerte del subteniente Matías Chirino, porque no cumplió con el requisito del art. 7°, inciso c, del reglamento aprobado por la acordada 4/2007. La Corte rechazó también las quejas de las defensas de los condenados, con lo que las condenas quedaron firmes.
El hecho ocurrió en la madrugada del 19 de junio de 2022, durante una cena de bienvenida a subtenientes recién egresados del Colegio Militar, en el Casino de Oficiales del Grupo de Artillería de Monte 3, en Paso de los Libres, Corrientes. El joven murió por asfixia mecánica por broncoaspiración, en un cuadro de alcoholización severa, durante el rito de iniciación ("bautismo") de los recién llegados.
En noviembre de 2024, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes condenó a seis militares a ocho años de prisión como coautores de abandono de persona en concurso con abuso de autoridad, y absolvió a otros tres imputados. La querella y la fiscalía habían sostenido la acusación por homicidio, por el que se pedían 20 años de prisión. En diciembre de 2025, la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal mantuvo esa calificación, redujo las penas de los seis condenados a entre 6 años y 6 meses y 7 años y 6 meses, condenó a uno de los absueltos a 6 años y 6 meses y confirmó las otras dos absoluciones. La causa llegó a la Corte por recursos de las defensas y de la querella.
Conceptos jurídicos aplicados
Por qué es relevante
La Corte no se pronunció sobre el fondo: cerró la causa sin fundamentos propios sobre la calificación jurídica, y en el caso de la querella por un defecto formal de la queja. El efecto práctico es que la discusión sobre si los hechos configuraban homicidio o abandono de persona con abuso de autoridad queda resuelta con la calificación que sostuvieron el tribunal oral y la Casación.
Para la práctica, la resolución recuerda que el incumplimiento de los recaudos formales de la queja por recurso extraordinario denegado (acordada 4/2007) es causal suficiente de desestimación, sin examen de los agravios. También deja firme, en el ámbito de las fuerzas armadas, una condena por abuso de autoridad y abandono de persona respecto de un rito de iniciación, un precedente de referencia para casos de violencia en la formación militar.
Fuente: Diario Judicial — Expediente FCT 2151/2022/TO1/19/1/1/RH9. Esta nota es un resumen informativo elaborado por Nino Legal; no constituye asesoramiento legal. Cómo elaboramos las novedades.
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