La Cámara Civil y Comercial de Córdoba declaró inconstitucional la prohibición de indexar un crédito rezagado por la inflación
La Cámara 4ª de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Córdoba, integrada por los vocales Federico Alejandro Ossola, Sergio Gabriel Ruiz y Viviana Siria Yacir, declaró inconstitucional el art. 7 de la ley 23.928 en la ejecución de un pagaré y ordenó actualizar la deuda, con un interés moratorio puro del 8% anual. El tribunal comprobó que entre diciembre de 2018 y junio de 2026 la inflación acumulada trepó a 6.318,5%, mientras que la tasa fijada en primera instancia solo había rendido 1.680,31%.
Qué pasó
El caso llegó a la Cámara 4ª de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Córdoba por una acción cambiaria iniciada para el cobro de un pagaré por $71.182. La sentencia de primera instancia había mandado a pagar ese capital con más intereses calculados a la tasa pasiva de uso judicial con más 2% nominal mensual, con un límite morigerador del 45% nominal anual.
El acreedor apeló ese esquema de intereses por considerarlo insuficiente frente al proceso inflacionario transcurrido desde el 2 de diciembre de 2018, fecha desde la que se reclamaba la actualización. La Cámara, por voto de los vocales Ossola, Ruiz y Yacir, hizo lugar al planteo y declaró inconstitucional, para el caso concreto, el art. 7 de la ley 23.928, que prohíbe indexar deudas.
Para fundar la decisión, el tribunal comparó la tasa ordenada en primera instancia con la inflación real del período y con otras tasas disponibles: mientras la inflación acumulada entre diciembre de 2018 y junio de 2026 llegó a 6.318,5%, la tasa fijada en la instancia anterior solo había generado un rendimiento de 1.680,31%. También se compararon la tasa activa del Banco de la Nación Argentina, que acumuló 443,5% en el mismo lapso, y la tasa TIM, que llegó a 6.788,14%, sin que ninguna de esas alternativas resultara adecuada para compensar la pérdida de poder adquisitivo del crédito.
Con ese respaldo numérico, la Cámara ordenó actualizar el crédito de $71.182 desde el 2 de diciembre de 2018 y hasta su efectivo pago, con más un interés moratorio puro del 8% anual.
Conceptos jurídicos aplicados
Por qué es relevante
El fallo se suma a una serie de pronunciamientos de tribunales civiles, comerciales y laborales que vienen declarando inconstitucional, para el caso concreto, la prohibición de indexar del art. 7 de la ley 23.928 cuando la brecha entre la tasa de interés judicial y la inflación real se vuelve tan pronunciada que licúa el crédito reclamado.
Lo relevante del razonamiento de la Cámara 4ª cordobesa es el método: no se limitó a invocar la inflación en abstracto, sino que confrontó con números concretos la tasa ordenada contra el índice inflacionario acumulado y contra otras tasas disponibles en plaza, para mostrar que ninguna alternativa de interés nominal alcanzaba a compensar la pérdida de valor del crédito en dólares constantes.
Para la práctica, el precedente marca una vía para acreedores con créditos judicializados de larga data en contextos de alta inflación: probar con cifras la distorsión entre la tasa aplicable y la inflación del período puede habilitar la actualización del capital, combinada con una tasa de interés moratorio "pura" y más moderada, en lugar de tasas nominales altas que igual resultan insuficientes.
Fuente: Comercio y Justicia. Esta nota es un resumen informativo elaborado por Nino Legal; no constituye asesoramiento legal. Cómo elaboramos las novedades.
Fallos famosos sobre este tema
Ver el directorio completo →Fallo Seren
Fallo completo Seren (TSJ Córdoba, 1/9/2023): tasa pasiva BCRA más 2% mensual hasta el 31/12/2022 y 3% desde el 1/1/2023. Resumen, sumario, texto completo y PDF.
Leer resumen y texto completo →Fallo Milone
Fallo completo Milone (CSJN, 26/10/2004): la renta periódica del art. 14.2.b de la LRT es inválida por no admitir excepción alguna. Resumen, sumario y PDF.
Leer resumen y texto completo →Fallo Aquino
Fallo completo Aquino (CSJN, 21/9/2004): la Corte declaró inconstitucional el art. 39.1 de la LRT y consagró la reparación integral. Resumen, sumario, texto y PDF.
Leer resumen y texto completo →Otras novedades judiciales
Ver todas →La Cámara del Trabajo de Córdoba también declaró inconstitucional el pago en cuotas de las indemnizaciones por despido
La Sala VII de la Cámara del Trabajo de Córdoba declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 277 de la LCT reformado por la Ley 27.802 y rechazó el pedido de una pyme para cancelar en doce cuotas mensuales una condena por despido. El fallo se dictó apenas once días después de la entrada en vigencia de la reforma, meses antes de que la Cámara Nacional del Trabajo llegara a una conclusión similar por otro camino.
Leer la novedad →La Cámara Federal de la Seguridad Social aplicó el precedente "Rapisarda" para declarar inconstitucionales los topes sobre un haber jubilatorio
La Sala II del tribunal sostuvo que los topes del art. 9, inc. 3 de la Ley 24.463 son inconstitucionales si en la liquidación de la sentencia se comprueba que generan una quita superior al 15% sobre el haber previsional, siguiendo la doctrina fijada por la Corte Suprema en "Rapisarda".
Leer la novedad →La Cámara de La Plata declaró inconstitucional la ley bonaerense que protege la vivienda única y mantuvo el embargo sobre la casa de una mujer de 84 años
La Sala Segunda de la Cámara Segunda de Apelación en lo Civil y Comercial de La Plata confirmó el rechazo al pedido de una mujer de 84 años de levantar el embargo sobre su vivienda, y declaró inconstitucional la ley 14.432 de la Provincia de Buenos Aires por invadir una materia que la Constitución Nacional reserva al Congreso. El tribunal ordenó, de todos modos, que se notifique al Poder Ejecutivo provincial o municipal para que active medidas de asistencia antes de que se ejecute la vivienda.
Leer la novedad →