La Justicia responsabilizó al Estado Nacional por la demora de más de cinco años en identificar el cuerpo de Luciano Arruga

Un juzgado contencioso administrativo federal condenó al Estado Nacional a pagar $25.740.000 a la madre, los hermanos y la tía de Luciano Arruga por el funcionamiento irregular de la Justicia y la Morgue Judicial, que retrasó más de cinco años la identificación del cuerpo del joven, enterrado como NN en Chacarita.

Fecha13 de agosto de 2026
TribunalJuzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N° 3
MateriaResponsabilidad del Estado · Derechos Humanos · Daños y Perjuicios

Qué pasó

Luciano Nahuel Arruga tenía 16 años cuando desapareció el 31 de enero de 2009, luego de ser hostigado por personal policial en Lomas del Mirador. En realidad, había muerto esa misma noche, atropellado en la avenida General Paz, y falleció horas después en el Hospital Santojanni. Su cuerpo fue enterrado como NN en el Cementerio de la Chacarita y recién pudo ser identificado el 17 de octubre de 2014, mediante el cotejo de sus huellas dactilares, tras más de cinco años y ocho meses de búsqueda por parte de su familia.

La madre, los hermanos y la tía de Luciano demandaron por daños y perjuicios al Estado Nacional, a la Provincia de Buenos Aires y al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Tras sucesivas declaraciones de incompetencia, el reclamo quedó fragmentado entre distintas jurisdicciones, y la sentencia del Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N° 3, a cargo del juez Santiago Carrillo, se limitó a las acciones y omisiones atribuibles a órganos del Estado Nacional.

El fallo, dictado el 13 de agosto de 2026, identificó fallas concretas en tres dependencias nacionales: la Morgue Judicial del Cuerpo Médico Forense, que estimó una edad de entre 25 y 30 años para el cuerpo hallado (Luciano tenía 16) y registró una descripción genérica de sus tatuajes, además de deficiencias en el registro, la sistematización y el cotejo de la información; el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N° 16, por medidas insuficientes y falta de intensidad investigativa para identificar al fallecido; y el Juzgado Federal N° 1 de Morón, por omitir advertir documentación probatoria relevante en su relevamiento del expediente.

El juzgado condenó al Estado Nacional a pagar $25.740.000 más intereses, en concepto de daño moral y de un tratamiento psicoterapéutico especializado de un año de sesiones semanales para cada familiar actor, reconociendo el padecimiento que significó para la familia la incertidumbre y la demora estatal en confirmar la muerte de Luciano.

Conceptos jurídicos aplicados

responsabilidad del estadodaños y perjuiciosdaño moralfuncionamiento irregular del servicio de justiciadesaparición forzada de personasidentificación de cadáveresreparación integral

Por qué es relevante

El fallo es relevante porque desplaza el eje de la responsabilidad estatal en el caso Arruga: no juzga la desaparición y muerte del joven ni la violencia institucional que la precedió (ya abordadas en otras causas, como la condena penal por las torturas sufridas en el destacamento de Lomas del Mirador), sino la falla administrativa y judicial posterior, que dejó a una familia buscando a un hijo vivo durante años mientras su cuerpo permanecía identificado como NN a metros de distancia.

La sentencia consolida un criterio de responsabilidad del Estado por funcionamiento irregular del servicio de justicia que no requiere dolo ni una conducta ilícita individualizada: alcanza con la sumatoria de errores técnicos (una autopsia con estimaciones erróneas de edad), omisiones investigativas y falta de cruce de información entre organismos que, combinados, produjeron un daño evitable y prolongado en el tiempo.

Para la práctica, el caso ofrece un antecedente concreto en materia de responsabilidad estatal por errores en la identificación de cadáveres y en la articulación entre fueros y organismos con competencia superpuesta (morgue judicial, juzgados de instrucción, juzgados federales), un problema estructural que trasciende el caso puntual y que la fragmentación jurisdiccional del propio reclamo -dividido entre Nación, Provincia de Buenos Aires y CABA- pone en evidencia.

Fuente: Palabras del Derecho — Expediente Causa N° 9966/2019, "A., M. R. y otros c/ EN-M Justicia y DDHH y otros s/ daños y perjuicios". Esta nota es un resumen informativo elaborado por Nino Legal; no constituye asesoramiento legal. Cómo elaboramos las novedades.

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