Sin cita real, no hay recurso: la Cámara Civil de Morón declaró desierta una apelación apoyada en un fallo de la Suprema Corte que no existe
La Sala II de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Morón declaró desierto el recurso de un mediador contra la base regulatoria de sus honorarios, porque el memorial se sostenía en un precedente de la Suprema Corte bonaerense que los jueces no pudieron ubicar. Además, pidió al Colegio de Abogados departamental que difunda la necesidad de verificar las citas cuando se usa inteligencia artificial generativa.
Qué pasó
El juzgado de primera instancia en lo civil y comercial nro. 1 del departamento judicial Morón había fijado, el 25 de noviembre de 2025, la base regulatoria en un juicio de cobro ordinario de sumas de dinero. El mediador apeló y fundó su recurso con un memorial presentado el 27 de noviembre de 2025. La Sala II de la Cámara, integrada por los jueces Gabriel Hernán Quadri y Laura Andrea Moro, resolvió en un acuerdo en el que la única cuestión era si correspondía declarar desierto el recurso.
El voto del juez Quadri, al que adhirió la jueza Moro, analizó primero la suficiencia técnica del memorial a la luz de los artículos 246, 260 y 261 del Código Procesal Civil y Comercial. Señaló que el escrito estaba construido prácticamente sobre citas de fallos y que casi todo el agravio se apoyaba en un precedente atribuido a la Suprema Corte, identificado como "Colegio de Abogados de La Plata c/ Provincia de Buenos Aires" (sentencia del 5 de mayo de 2021), con un sumario referido a la actualización de honorarios y la causa C. 121.461.
El juez explicó que no pudo ubicar ni el fallo ni la causa: al consultar la causa C-121.461 por el servicio MEV, resultó ser un incidente de concurso especial en una quiebra con último movimiento en 2017, por lo que no podía contener una sentencia de 2021; con esa carátula no aparece ningún expediente en las secretarías de la Suprema Corte y el sumario tampoco figura en la base Juba. El memorial mencionaba además un caso "Barrio" que no se corresponde con el conocido fallo "Barrios" de la Suprema Corte.
Con ese cuadro, la Cámara declaró desierto el recurso de apelación, con costas al apelante (art. 68 del CPCC), por no cumplir la crítica concreta y razonada que exige el artículo 260. Además, puso en conocimiento del letrado las circunstancias señaladas sobre las citas de su presentación y ordenó comunicar la decisión, por oficio, al Colegio de Abogados del Departamento Judicial para que, si lo estima pertinente, difunda entre los matriculados la importancia de verificar cuidadosamente las citas cuando se usan herramientas de inteligencia artificial generativa, con especial énfasis en controlar los resultados que ofrecen una referencia a un precedente de mención frecuente, incluida la "Visión general creada por IA" del buscador de Google.
Conceptos jurídicos aplicados
Por qué es relevante
El fallo aplica una exigencia clásica del régimen de apelación bonaerense: quien recurre debe rebatir los fundamentos de la resolución con una crítica concreta y razonada, y la sola cita de fallos que no se relacionan con el caso no alcanza. La novedad es que, cuando el sostén del memorial es una cita que no puede localizarse, la Cámara entiende que no hay crítica razonada y declara la deserción del recurso, una sanción que el propio apelante soporta sin que el tribunal supla su carga.
El tribunal describió el episodio como una "alucinación" de sistemas de inteligencia artificial generativa, es decir, respuestas con apariencia de información real pero sin correlato en la realidad, y recordó el caso estadounidense "Mata v. Avianca". Aclaró que no puede afirmar con certeza que el origen haya sido el uso de IA, aunque por el contexto y la reiteración de situaciones similares lo considera muy probable, y remitió a un antecedente de la propia Cámara (causa MO-19435-2020, Sala 1, RS 315/2025) con un error parecido vinculado al caso "Barrios". Sostuvo que la cita que combina una carátula conocida con contenido que no le corresponde puede ser más difícil de detectar que la invención de un expediente entero.
Para la práctica profesional, la decisión deja dicho que nada impide usar IA generativa, pero que en todos los casos hay que revisar y corroborar que fallos, normas y citas de doctrina existan, apoyándose en los deberes del artículo 34, inciso 5, del CPCC. También muestra que los tribunales empiezan a verificar las citas contra el sistema de expedientes y la base Juba, y que la consecuencia puede ser perder la instancia de revisión.
Fuente: Diario Judicial — Expediente "P. M. M. c/ G. A., F. M. D. S.H. s/ cobro ordinario de sumas de dinero", causa MO-14691-2021. Esta nota es un resumen informativo elaborado por Nino Legal; no constituye asesoramiento legal. Cómo elaboramos las novedades.
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