La Cámara Contencioso Administrativo Federal ordenó a ARCA devolver más de $9.377 millones pagados por el Aporte Solidario y Extraordinario

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal le dio la razón a un contribuyente que pagó el Aporte Solidario y Extraordinario de la ley 27.605 y lo cuestionó por la vía de una acción declarativa. ARCA deberá reintegrar el monto con intereses.

Fecha30 de octubre de 2026
TribunalCámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal
MateriaTributario · Administrativo

Qué pasó

Un contribuyente pagó en 2021 el Aporte Solidario y Extraordinario creado por la ley 27.605 y, en paralelo, inició una acción declarativa contra el Estado nacional. Sostuvo que la ley era arbitraria e inconstitucional y cuestionó su alcance temporal y su aplicación retroactiva.

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal le dio la razón y ordenó a ARCA devolver lo pagado. El monto de la condena es de $9.377.809.747,37, una cifra estimativa a la que se sumarán los intereses hasta el pago. El contribuyente dijo que equivale a cerca del 99% de lo que abonó, aunque la devaluación redujo su valor real, y anunció que donará la suma a una fundación hospitalaria, una decisión ajena a lo que resolvió el tribunal.

Conceptos jurídicos aplicados

aporte solidario y extraordinarioley 27.605acción declarativarepetición de impuestosdevolución con interesesinconstitucionalidadalcance temporal de la leyARCA

Por qué es relevante

El Aporte Solidario y Extraordinario generó una amplia litigiosidad desde 2021. Que una cámara federal condene a ARCA a devolver lo pagado, con intereses, muestra que el reclamo judicial contra el aporte puede terminar en un reintegro efectivo y no solo en una discusión abstracta sobre la validez de la ley.

Para la práctica tributaria, el caso muestra que haber pagado el aporte no cerró la discusión: el contribuyente pagó, mantuvo la acción judicial y obtuvo la orden de reintegro. Es una señal para quienes pagaron el aporte y tienen causas abiertas contra el Fisco por el mismo tributo.

Fuente: Tiempo Judicial. Esta nota es un resumen informativo elaborado por Nino Legal; no constituye asesoramiento legal. Cómo elaboramos las novedades.

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