La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la constitucionalidad del Aporte Solidario y Extraordinario a las Grandes Fortunas
La Sala V del tribunal rechazó el planteo de un contribuyente contra la Ley 27.605 y sostuvo que no logró probar que el tributo hubiera afectado sustancialmente su derecho de propiedad. El fallo confirma la sentencia de primera instancia y se suma a la línea jurisprudencial que viene avalando el aporte extraordinario creado durante la pandemia.
Qué pasó
En la causa "D.A.J.E. c/ EN – AFIP – Ley 27.605 y DR 42/21 s/ proceso de conocimiento", un contribuyente había demandado al Estado Nacional y a la AFIP para que se declarara la inconstitucionalidad del Aporte Solidario y Extraordinario creado por la Ley 27.605, más conocido como "Impuesto a las Grandes Fortunas". El juez de primera instancia rechazó el planteo y el actor apeló esa decisión ante la Cámara.
Los jueces Pablo Gallegos Fedriani y Guillermo Treacy, integrantes de la Sala V de la Cámara Contencioso Administrativo Federal, confirmaron el fallo apelado. El tribunal sostuvo que el actor no demostró que el aporte hubiera afectado de manera sustancial su derecho de propiedad, requisito que la jurisprudencia exige para tener por acreditada la confiscatoriedad de un tributo.
La Cámara también valoró la naturaleza excepcional y por única vez del gravamen, orientado a financiar políticas sanitarias y sociales en el contexto de la pandemia, y admitió que ese carácter extrafiscal habilita mayor flexibilidad en el análisis de la capacidad contributiva y la igualdad tributaria frente a lo que exigiría un tributo permanente.
Conceptos jurídicos aplicados
Por qué es relevante
El fallo se suma a una serie de pronunciamientos de distintas salas y jurisdicciones que vienen validando la constitucionalidad de la Ley 27.605, y refuerza el estándar según el cual quien invoca confiscatoriedad debe acreditar con prueba concreta —pericial contable, por ejemplo— el impacto sustancial del tributo sobre su patrimonio, sin que alcance con una afirmación genérica.
Para los contribuyentes que todavía tienen causas en trámite por el Aporte Solidario, el precedente confirma que los tribunales inferiores están exigiendo un umbral probatorio alto para la declaración de inconstitucionalidad por confiscatoriedad, y que el carácter extraordinario y no permanente del tributo juega a favor de su validez frente a los planteos de capacidad contributiva.
La decisión también consolida el criterio de que los tributos con fines extrafiscales —creados para financiar una situación excepcional como la pandemia— admiten un control de razonabilidad menos estricto que los impuestos ordinarios, lo que reduce las chances de éxito de nuevos planteos que no aporten prueba específica del perjuicio patrimonial.
Fuente: Palabras del Derecho — Expediente CAF 2012/2023. Esta nota es un resumen informativo elaborado por Nino Legal; no constituye asesoramiento legal. Cómo elaboramos las novedades.
Fallos famosos sobre este tema
Ver el directorio completo →Fallo García c/ AFIP
Fallo completo García c/ AFIP (CSJN, 26/3/2019): inconstitucionalidad, en el caso, del impuesto a las ganancias sobre el haber jubilatorio. Resumen, sumario y PDF.
Leer resumen y texto completo →Fallo Candy
Fallo completo Candy (CSJN, 3/7/2009): el ajuste por inflación 2002 procede si la pericia prueba una alícuota confiscatoria. Resumen, sumario, texto completo y PDF.
Leer resumen y texto completo →Fallo Portal de Belén
Fallo completo Portal de Belén (TSJ Córdoba, 18/12/2018): sin caso judicial colectivo no hay control de la Guía de aborto no punible. Resumen, sumario y PDF.
Leer resumen y texto completo →Otras novedades judiciales
Ver todas →La Cámara Comercial declaró inconstitucional el tope de honorarios del Código Civil en un juicio de consumo contra Cencosud
La Sala F de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial declaró inaplicable, en un juicio de consumo contra Cencosud, el límite del 25% que el artículo 730 del Código Civil y Comercial fija para la responsabilidad del vencido por honorarios y costas. El tribunal sostuvo que ese tope, combinado con el beneficio de justicia gratuita del artículo 53 de la Ley de Defensa del Consumidor, dejaba el excedente de los honorarios profesionales sin nadie obligado a pagarlo.
Leer la novedad →La Corte Suprema exigió proporción entre la tasa municipal y el costo del servicio en un fallo sobre Pergamino
La Corte Suprema revocó una sentencia de la Suprema Corte bonaerense que había avalado el cobro de la Tasa de Inspección de Seguridad e Higiene a una mutual ferroviaria de Pergamino, y estableció que la recaudación de una tasa municipal debe guardar relación razonable con el costo del servicio y no puede acreditarse con inspecciones realizadas después de iniciado el litigio.
Leer la novedad →La Sala I de la Cámara del Trabajo reitera la inconstitucionalidad del artículo 55 de la reforma laboral y rechaza el "esfuerzo compartido" para créditos laborales
En un nuevo expediente, la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo declaró inconstitucional para el caso el artículo 55 de la ley 27.802 y aplicó el artículo 54 (IPC más 3% anual), con el límite de la prohibición de reformatio in peius porque en ese punto solo apeló la trabajadora. Descartó además que la doctrina del "esfuerzo compartido" pueda trasladarse a créditos de naturaleza alimentaria.
Leer la novedad →