Un juzgado de Misiones extendió medidas de protección por violencia familiar a los animales de compañía

El Juzgado de Familia y Violencia Familiar N° 1 de Leandro N. Alem, Misiones, ordenó al denunciado abstenerse de maltratar, dañar o disponer de los cuatro perros de la familia, al considerar que la violencia contra los animales de compañía puede ser una forma de violencia vicaria contra la mujer y su grupo familiar.

Fecha24 de junio de 2026
TribunalJuzgado de Familia y Violencia Familiar N° 1 de Leandro N. Alem, Misiones
MateriaFamilia

Qué pasó

En el marco de una denuncia por violencia familiar tramitada bajo la Ley XIV N° 6 de Misiones, el Juzgado de Familia y Violencia Familiar N° 1 de Leandro N. Alem dictó medidas de protección que alcanzaron no solo a la denunciante y su grupo familiar, sino también a los cuatro perros de la familia. El juzgado ordenó al denunciado abstenerse de realizar cualquier acto de maltrato, daño, hostigamiento o perturbación sobre los animales, y también de retirarlos, trasladarlos o disponer de ellos mientras las medidas permanecieran vigentes.

La resolución analizó el maltrato hacia los animales no como un hecho aislado, sino como una manifestación de violencia vicaria: una conducta mediante la cual el agresor provoca sufrimiento a la víctima a través de terceros o de seres que forman parte de su afecto y su núcleo familiar. El fallo sostuvo que cuando la violencia ejercida sobre un animal forma parte de la estrategia destinada a perpetuar el sometimiento de la mujer o su grupo familiar, limitar la tutela judicial únicamente a las personas puede resultar insuficiente.

Conceptos jurídicos aplicados

violencia vicariafamilia multiespeciemedidas de protecciónley 26.485violencia familiarmaltrato animalanimales de compañía

Por qué es relevante

El fallo se inscribe en el concepto de familia multiespecie, que reconoce a los animales de compañía como integrantes del núcleo familiar y no como meros objetos de propiedad. Bajo esa lógica, el maltrato animal dentro de un contexto de violencia doméstica deja de ser un hecho colateral y pasa a integrar el cuadro probatorio de violencia vicaria, entendida como la instrumentalización de terceros o de vínculos afectivos de la víctima para intimidarla o controlarla.

La resolución es relevante porque amplía el objeto de las medidas de protección previstas en la ley de violencia familiar más allá de las personas, incorporando explícitamente a los animales como destinatarios de la tutela cautelar. Esto habilita a que, en casos similares, las denuncias por violencia familiar puedan solicitar y obtener resguardos específicos sobre las mascotas, en la medida en que su bienestar esté siendo usado como herramienta de presión sobre la víctima.

Fuente: Diario Judicial — Expediente Expte. N° 98674/2026 - "R. M. L. c/ G. J. F. s/ Ley XIV N° 6". Esta nota es un resumen informativo elaborado por Nino Legal; no constituye asesoramiento legal.

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