Sueños Compartidos: condenaron a José López y a los hermanos Schoklender, y absolvieron a Julio De Vido

El Tribunal Oral Federal N°5 dictó veredicto en la causa por el desvío de fondos públicos girados a la Fundación Madres de Plaza de Mayo para el plan de viviendas Sueños Compartidos: impuso penas en suspenso a José López, Abel Fatala y los hermanos Sergio y Pablo Schoklender, y absolvió a Julio De Vido y a otros cuatro acusados. Los fundamentos del fallo se leerán el 13 de noviembre.

Fecha14 de septiembre de 2026
TribunalTribunal Oral Federal N°5
MateriaCorrupción · Penal · Funcionarios Públicos

Qué pasó

La causa Sueños Compartidos investigó el destino de más de 206 millones de pesos que el Estado nacional giró entre 2005 y 2011 a la Fundación Madres de Plaza de Mayo para la construcción de viviendas sociales a través del programa homónimo. La fiscalía sostuvo que buena parte de esos fondos públicos fue desviada en perjuicio de la administración pública.

El Tribunal Oral Federal N°5, integrado por Adriana Paliotti, Daniel Obligado y Adrián Grünberg, dio a conocer el veredicto el 14 de septiembre de 2026. Condenó a José López (ex secretario de Obras Públicas) y a Abel Fatala (ex subsecretario) a 2 años y 9 meses de prisión en suspenso e inhabilitación perpetua, como coautores de administración fraudulenta agravada en perjuicio de la administración pública. A Sergio Schoklender y a su hermano Pablo, ex apoderados de la Fundación, los condenó como partícipes necesarios del mismo delito a 2 años y 8 meses y 2 años y 4 meses de prisión en suspenso, respectivamente. Al ser penas menores a tres años y de cumplimiento condicional, ninguno de los condenados irá preso, aunque deberán cumplir reglas de conducta. El tribunal también ordenó el decomiso de los 206 millones de pesos.

En simultáneo, el tribunal absolvió al ex ministro de Planificación Federal Julio De Vido y a otros cuatro imputados: Carlos Castellano, Claudio Freidin, Daniel Nasif y Silvia Karina Nasif. Las decisiones no fueron unánimes: la condena a López, Fatala y los Schoklender se resolvió por mayoría (Paliotti y Obligado), con Grünberg en disidencia a favor de los acusados; la absolución de De Vido también fue por mayoría (Paliotti y Grünberg), con Obligado en disidencia.

Lo que se dio a conocer es el veredicto, es decir la parte resolutiva del fallo, sin los fundamentos. Según trascendió, la lectura de los fundamentos está fijada para el 13 de noviembre de 2026, audiencia en la que el tribunal explicará los argumentos de cada condena y cada absolución.

Conceptos jurídicos aplicados

administración fraudulenta agravadadesvío de fondos públicoscorrupción en obra públicainhabilitación perpetuacondena en suspensoprescripción de la acción penalpartícipe necesariodecomiso de bienes

Por qué es relevante

El caso es uno de los expedientes más antiguos de la agenda de corrupción vinculada a la obra pública de la década pasada, y llegó a juicio recién después de años de instrucción. Que las condenas terminen siendo en suspenso, pese a tratarse de fondos públicos por más de 200 millones de pesos, vuelve a poner sobre la mesa el debate sobre la proporcionalidad de las escalas penales previstas para la administración fraudulenta agravada frente al tiempo que insumen estos procesos.

El fallo también deja a la vista un tribunal dividido: ni la condena a López, Fatala y los Schoklender ni la absolución de De Vido fueron unánimes, lo que anticipa que los fundamentos —recién a conocerse en noviembre— serán determinantes para evaluar la solidez de cada postura de cara a una eventual revisión en Casación.

Para la práctica, el caso confirma que la responsabilidad penal por el manejo de fondos públicos transferidos a una fundación privada puede alcanzar tanto a los funcionarios que administraron el programa como a los apoderados de la entidad receptora, mientras que la responsabilidad de la línea política superior (en este caso, el ex ministro del área) no se presume y requiere prueba autónoma de intervención en los hechos.

Fuente: iProfesional. Esta nota es un resumen informativo elaborado por Nino Legal; no constituye asesoramiento legal. Cómo elaboramos las novedades.

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