La CNV eliminó el uso de cheques para recibir y entregar fondos de clientes en el mercado de capitales

La Comisión Nacional de Valores dictó la Resolución General 1166/2026, que prohíbe usar cheques (incluido el eCheq) para mover fondos de clientes en cuentas comitentes y deja como únicas vías habilitadas la transferencia bancaria, la CVU y los pagos por PSP. Rige desde su publicación en el Boletín Oficial, sin plazo de adecuación.

Fecha15 de septiembre de 2026
OrganismoComisión Nacional de Valores
MateriaBancario · Administrativo

Qué pasó

La Comisión Nacional de Valores (CNV) dictó el 14 de septiembre de 2026 la Resolución General 1166, publicada en el Boletín Oficial al día siguiente, en el marco del expediente EX-2026-88715962-APN-GPLD#CNV y con dictamen de la Gerencia de Prevención del Lavado de Dinero (GPLD). La norma modifica el artículo 3° de la Sección II del Título XI de las Normas (N.T. 2013 y mod.), el capítulo dedicado a la prevención del lavado de activos, la financiación del terrorismo y la financiación de la proliferación de armas de destrucción masiva.

El cambio central es la eliminación del cheque, incluido el cheque electrónico (eCheq), como medio para recibir o entregar fondos de clientes en las cuentas comitentes del mercado de capitales. En su lugar, quedan habilitadas de forma exclusiva las transferencias bancarias desde o hacia cuentas a la vista, la CVU asociada a la CUIT del cliente y las transferencias cursadas por Proveedores de Servicios de Pago (PSP). Alcanza a los agentes de liquidación y compensación (ALyC) y demás agentes registrados ante la CNV que operan cuentas de clientes, y a los propios clientes de esos agentes.

Según la propia CNV, el objetivo es dotar de mayor certeza a las modalidades de pago y a los procedimientos de control para la recepción y entrega de fondos, garantizar la disponibilidad inmediata del dinero, reducir los rechazos asociados al uso de cheques y reforzar la trazabilidad frente a posibles conductas irregulares. Varios medios señalaron además que la medida revierte, en los hechos, una flexibilización de mayo de 2026 que había habilitado el uso de eCheques endosables entre cuentas comitentes, mecanismo que habría empezado a usarse para eludir el Impuesto a los Débitos y Créditos Bancarios.

La resolución entra en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial, es decir desde el 15 de septiembre de 2026, sin un plazo de adecuación adicional.

Conceptos jurídicos aplicados

mercado de capitalesagentes de liquidación y compensaciónprevención de lavado de activoscuenta comitentetransferencia bancariaclave virtual uniformetrazabilidad de fondos

Por qué es relevante

Los ALyC y demás agentes del mercado de capitales tienen que discontinuar de inmediato la aceptación y emisión de cheques y eCheques para movimientos de fondos de clientes, y reconfigurar sus circuitos operativos para procesar únicamente transferencias bancarias, CVU o pagos por PSP. Como la vigencia es inmediata y no prevé un período de adecuación, conviene revisar sin demora los procedimientos internos, los contratos de comitente y los sistemas de acreditación y retiro de fondos.

Para los clientes de sociedades de bolsa y demás agentes, implica que ya no van a poder depositar ni retirar fondos de su cuenta comitente mediante cheque o eCheq: todo pago hacia o desde el agente debe canalizarse por transferencia bancaria, CVU o PSP, lo que además cierra el margen para operatorias que buscaban eludir el impuesto al cheque mediante el endoso de eCheques.

Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina — Expediente Resolución General 1166/2026 (EX-2026-88715962-APN-GPLD#CNV). Esta nota es un resumen informativo elaborado por Nino Legal; no constituye asesoramiento legal. Cómo elaboramos las novedades.

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