La Cámara Federal de La Plata confirmó la cautelar que frena la conversión del Banco Nación en sociedad anónima
La Sala III rechazó los recursos de apelación del Estado Nacional y del propio banco, y ratificó la prórroga por seis meses de la medida que suspende el decreto 116/2025. El reclamo fue impulsado por trabajadores del banco con el acompañamiento de la Asociación Bancaria.
Qué pasó
La Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, a través de su Sala III (jueces Carlos Vallefín, Emilio Faggi y Roberto Lemos Arias), rechazó los recursos de apelación presentados por el Estado Nacional y el Banco de la Nación Argentina y confirmó la prórroga por seis meses de la medida cautelar que suspende la conversión del banco público en sociedad anónima, en la causa "Guerrero Iraola, Juan Honorio y otros c/ PEN y otro s/incidente de medida cautelar".
La cautelar fue dictada originalmente el 13 de marzo de 2025 por el juez federal Alejo Ramos Padilla y prorrogada por él mismo el 10 de marzo de 2026. Suspende los efectos del decreto 116/2025, firmado por el presidente Javier Milei, que dispuso iniciar el proceso para transformar al Banco Nación —hasta ahora una sociedad del Estado— en sociedad anónima. La demanda fue promovida por el abogado Jerónimo Guerrero Iraola en representación de un grupo de trabajadores del banco, con el acompañamiento de la Asociación Bancaria que conduce Sergio Palazzo.
El Estado Nacional y el Banco Nación habían planteado que la ley solo permitía una única prórroga de la cautelar, y cuestionaron la verosimilitud del derecho invocado y el peligro en la demora, además de señalar que la medida paralizaba una política de modernización institucional. La Cámara rechazó estos argumentos: sostuvo que la jurisprudencia vigente no limita la cantidad de prórrogas posibles cuando se justifica la necesidad de mantener la protección provisional, y remarcó que no advirtió demora irrazonable en el trámite de la causa principal ni conducta dilatoria de la parte actora.
Conceptos jurídicos aplicados
Por qué es relevante
El fallo reitera el criterio de que la transformación de la naturaleza jurídica del Banco Nación —creado por ley como entidad autárquica— no puede resolverse por decreto del Poder Ejecutivo sin intervención del Congreso, en línea con la postura sostenida en primera instancia por el juez Ramos Padilla, y confirma que ese criterio resiste el control de la Cámara.
Para la práctica administrativa, el caso deja un precedente sobre los límites a la prórroga sucesiva de medidas cautelares contra el Estado: mientras no exista demora irrazonable ni conducta dilatoria de la parte actora, y se mantengan las circunstancias que motivaron la protección original, los tribunales admiten extenderla más allá de una única prórroga.
El litigio de fondo sobre la constitucionalidad del decreto 116/2025 continúa sin resolverse, por lo que la cautelar sigue vigente mientras avanza el proceso principal; el Estado Nacional y el Banco Nación ya adelantaron que apelarán la decisión.
Fuente: iProfesional — Expediente Guerrero Iraola, Juan Honorio y otros c/ PEN y otro s/incidente de medida cautelar. Esta nota es un resumen informativo elaborado por Nino Legal; no constituye asesoramiento legal. Cómo elaboramos las novedades.
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