Buenos Aires suspendió hasta el año 2099 la licencia de un motociclista que subía sus acrobacias a redes
El Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires dispuso la suspensión preventiva de la licencia de conducir de un motociclista que difundía en redes sociales videos haciendo wheelie, zigzagueando entre vehículos y parándose sobre la moto en movimiento. La sanción, fijada hasta 2099, muestra cómo el contenido que un infractor publica por su cuenta puede convertirse en la prueba que lo sanciona.
Qué pasó
Un motociclista se filmaba a sí mismo haciendo wheelie (circular con la rueda delantera levantada), zigzagueando entre autos y camiones, y parándose sobre el asiento mientras avanzaba por calles y rutas de la provincia de Buenos Aires. Después subía esos videos a sus redes sociales para exhibir las maniobras.
La Subsecretaría de Seguridad y Política Vial, que depende del Ministerio de Transporte bonaerense, identificó las infracciones a partir del propio material audiovisual que el conductor publicó, en el marco del monitoreo de redes que las áreas de control de tránsito vienen reforzando para detectar de oficio este tipo de conductas.
Con esa evidencia, el Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires comunicó, el 7 de agosto de 2026, la suspensión preventiva de la licencia de conducir del motociclista hasta el año 2099, es decir, por más de siete décadas.
La medida rige únicamente para la licencia emitida en el territorio bonaerense. Para que la inhabilitación se extienda a todo el país haría falta la intervención y ratificación de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV).
Conceptos jurídicos aplicados
Por qué es relevante
Las autoridades de tránsito provinciales tienen facultades para suspender preventivamente una licencia de conducir cuando detectan conductas que ponen en riesgo grave la seguridad vial, sin necesidad de esperar una sentencia firme: es una medida cautelar pensada para sacar de circulación a un conductor mientras se sustancia el expediente administrativo correspondiente.
El caso muestra el valor probatorio que puede tener el contenido que el propio infractor sube a sus redes sociales: no hizo falta un operativo de control en la vía pública, alcanzó con los videos que el conductor difundió para exhibir sus maniobras. Esto es cada vez más habitual, porque las áreas de control de tránsito monitorean redes para identificar de oficio a quienes publican ese tipo de contenido.
Al tratarse de una suspensión dispuesta por vía administrativa, el sancionado puede recurrirla ante la propia autoridad de tránsito o cuestionarla en sede judicial si considera que se dictó sin garantizar su derecho de defensa. La extensión de la sanción, calculada en 75 años, también puede ser objeto de discusión en términos de proporcionalidad, más allá del efecto disuasivo que busca la administración.
Fuente: iProfesional. Esta nota es un resumen informativo elaborado por Nino Legal; no constituye asesoramiento legal. Cómo elaboramos las novedades.
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