Sobreseyeron a Aníbal Lotocki por prescripción en tres causas por lesiones graves a pacientes
El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional n° 17 sobreseyó a Aníbal Lotocki en tres de las cinco causas por lesiones graves que tenía pendientes, por prescripción de la acción penal. Las intervenciones son de 2009, 2010 y 2011 y el primer llamado a indagatoria llegó unos 15 años después.
Qué pasó
El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional n° 17, integrado por los jueces Pablo Vega, Julián López Casariego y Juan Giudice Bravo, sobreseyó el miércoles 28 de octubre de 2026 al cirujano Aníbal Lotocki en tres de las cinco causas por lesiones graves denunciadas por pacientes de intervenciones estéticas.
Las tres causas corresponden a tres pacientes operadas en septiembre de 2009, septiembre de 2010 y agosto de 2011. El fundamento fue la prescripción de la acción penal: entre las intervenciones y el primer llamado a indagatoria transcurrieron unos 15 años. El sobreseimiento por prescripción no es una declaración de inocencia ni un pronunciamiento sobre el fondo de las acusaciones.
La resolución alcanza solo a esos tres expedientes. Siguen en trámite las causas de otras dos pacientes, una intervenida entre 2009 y 2015 y otra en 2016, 2019 y 2021, esta última con hechos más recientes.
Es una decisión distinta de la condena a ocho años por lesiones graves y estafa (entre otras víctimas, Silvina Luna), que la Corte Suprema dejó firme el 29 de octubre de 2026 al desestimar la queja.
Conceptos jurídicos aplicados
Por qué es relevante
La decisión muestra el peso del tiempo en los procesos por mala praxis con relevancia penal. Cuando la primera citación a indagatoria llega muchos años después de las intervenciones, la acción penal puede extinguirse por prescripción sin que se discuta si hubo o no responsabilidad: el tribunal cierra la causa por una cuestión de plazo, no por el análisis de los hechos.
Para la práctica penal, el punto central es el intervalo entre el hecho y el primer acto procesal que puede interrumpir el curso de la prescripción, en este caso el llamado a indagatoria. Si ese acto llega cuando el plazo ya corrió, la causa se cierra sin que se lleguen a analizar los hechos.
Fuente: Tiempo Judicial. Esta nota es un resumen informativo elaborado por Nino Legal; no constituye asesoramiento legal. Cómo elaboramos las novedades.
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