La Casación bonaerense fijó límites a la incorporación por lectura de testimonios de cargo
La Sala I del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires rechazó por mayoría un recurso fiscal y sostuvo que la presencia de la defensa en una rueda de reconocimiento durante la instrucción no suple el derecho a confrontar al testigo de cargo en el debate.
Qué pasó
El 20 de agosto de 2026, la Sala I del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires rechazó por mayoría el recurso de casación que el Ministerio Público Fiscal había interpuesto contra la absolución parcial de Pablo Nicolás Nahuel Mazzei. El Tribunal en lo Criminal N° 1 del Departamento Judicial Pergamino lo había condenado a cuatro años de prisión como coautor de un robo agravado por el uso de arma de fuego, ocurrido el 19 de enero de 2024, y lo había absuelto por otro robo cometido una semana después.
La discusión en Casación giró en torno a un planteo puntual: una de las víctimas del segundo hecho no pudo declarar en el debate por tener programada una cirugía, acreditada con certificado médico, y la fiscalía pidió incorporar por lectura la declaración que esa víctima había prestado durante la investigación, invocando el art. 366, cuarto párrafo, del CPP bonaerense, que habilita esa vía cuando el testigo está "inhabilitado por cualquier causa". La jueza de juicio había rechazado la incorporación y la fiscalía formuló protesta; la defensa, por su parte, se opuso invocando el precedente "Benítez" de la Suprema Corte de Justicia bonaerense.
En Casación, el juez Ricardo Maidana votó en primer término y consideró que la declaración sí podía incorporarse por lectura, porque la cirugía estaba acreditada y porque durante la investigación la defensa había estado presente en la rueda de reconocimiento en la que la víctima identificó al imputado. Para Maidana, eso implicaba un control de la prueba, aunque distinguió el ingreso formal de la declaración al debate de su aptitud para fundar por sí sola una condena.
El juez Daniel Carral, con la adhesión del juez Violini, conformó la mayoría en sentido contrario: sostuvo que ni la presencia de un defensor en la rueda de reconocimiento ni la ratificación posterior de esos dichos por el propio testigo suplen una verdadera instancia de contradicción. Con cita de los arts. 8.2.f de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.3.e del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el voto sostuvo que el derecho de la defensa a interrogar al testigo de cargo debe ser real, útil y efectivo, y que una rueda de reconocimiento tiene una finalidad y una dinámica distintas de un interrogatorio: sirve para identificar a una persona, no para confrontar el contenido de su relato. Por mayoría, el tribunal rechazó el recurso fiscal y mantuvo la absolución.
Conceptos jurídicos aplicados
Por qué es relevante
El fallo traza una distinción que puede operar como estándar para los tribunales orales bonaerenses: la presencia de la defensa en un acto de la investigación, como una rueda de reconocimiento, no equivale por sí sola a la oportunidad de confrontación que exige el art. 366 del CPP leído junto con los tratados de derechos humanos. Para incorporar por lectura una declaración de cargo sin vulnerar el derecho de defensa, la acusación necesita acreditar que hubo antes una instancia real de contradicción sobre esos dichos, no un mero control formal del acto.
Al anclar la decisión en el art. 8.2.f de la CADH y el art. 14.3.e del PIDCP, la mayoría vincula la regla procesal local con el estándar convencional del derecho a interrogar testigos de cargo, y deja planteada -en línea con lo que ya insinuaba el voto en minoría- la diferencia entre la validez formal del ingreso de una prueba por lectura y su aptitud para fundar una condena.
Para fiscalías y defensorías penales de la provincia, el precedente marca que invocar el art. 366 para sortear la ausencia de un testigo en el debate no alcanza si antes no hubo una oportunidad efectiva de contrainterrogatorio, y reafirma al precedente "Benítez" de la SCBA como parámetro vigente en materia de incorporación por lectura de testimonios de cargo.
Fuente: Palabras del Derecho — Expediente Causa N° 146.905 (IPP 12-00-000440-24) - "Mazzei, Pablo Nicolás Nahuel s/recursos de casación interpuestos por Agente Fiscal y por Defensor Oficial". Esta nota es un resumen informativo elaborado por Nino Legal; no constituye asesoramiento legal. Cómo elaboramos las novedades.
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