Póliza de $23 millones, condena de $61,3 millones: un juzgado civil porteño extendió la condena a la aseguradora hasta el tope vigente al momento del pago
El Juzgado Nacional en lo Civil N° 63 condenó por un choque por alcance de 2023 y dispuso que la aseguradora responda hasta el límite aprobado por la Superintendencia de Seguros de la Nación vigente al pagar, y no hasta la suma asegurada de la póliza. Es una sentencia de primera instancia.
Qué pasó
Cuatro ocupantes de un auto fueron embestidos por detrás, el 3 de abril de 2023 en González Catán, por una camioneta de una constructora. Demandaron a la empresa y a la aseguradora citada en garantía. La póliza, firmada en 2022, tenía una suma asegurada de $23 millones.
El Juzgado Nacional en lo Civil N° 63 fijó el capital de condena en $61.300.000: $41.500.000 por incapacidad, $18.000.000 por daño moral ($4.500.000 por persona), $1.440.000 por tratamiento psicológico de una de las personas y $360.000 por gastos médicos y de traslados ($90.000 por persona). Los intereses corren a la tasa activa del Banco Nación desde el día del choque. Se rechazó el rubro de daños materiales porque los actores desistieron de la pericia mecánica.
Sobre el límite de cobertura, el juez reconoció la doctrina de la Corte Suprema, pero extendió la condena a la aseguradora hasta el límite aprobado por la Superintendencia de Seguros de la Nación para el seguro voluntario de responsabilidad civil vigente al momento del pago, más intereses. Entendió que la demora en liquidar no debe recaer sobre las víctimas ni sobre el asegurado, que la indemnización es una deuda de valor y que un tope fijo en pesos históricos volvería al seguro irrisorio y meramente nominal. Destacó además que con la Resolución 505/2023, de octubre de 2023, el tope ya era de $80 millones, antes de la demanda.
Es una sentencia de primera instancia, por lo que no es definitiva.
Conceptos jurídicos aplicados
Por qué es relevante
El fallo se aparta de la línea de la Corte Suprema en los casos "Flores" y "Aimar", según la cual la obligación del asegurador nace del contrato y no puede ir más allá de lo pactado. El juez cita en sentido contrario fallos de las Salas M, I y D de la Cámara Civil, y resuelve que la suma asegurada pactada no es el techo cuando la propia reglamentación de la Superintendencia ya fijó topes mayores.
Frente a "Flores" y "Aimar", el tema sigue en discusión. En la Provincia de Buenos Aires la Suprema Corte tiene una doctrina que va en la misma dirección: el límite se extiende a los mínimos reglamentarios vigentes al cumplimiento de la sentencia (ver la novedad sobre el recurso de Provincia Seguros).
En la práctica, quien reclama contra una aseguradora en un caso con sumas aseguradas bajas puede pedir que el límite se fije al momento del pago y no a la fecha de la póliza o del siniestro, acreditando la demora en la liquidación y el valor actualizado del tope reglamentario. Para las aseguradoras, el fallo marca que discutir la responsabilidad sin pruebas para ganar tiempo puede terminar ampliando el límite por el que responden.
Fuente: Derecho en Zapatillas. Esta nota es un resumen informativo elaborado por Nino Legal; no constituye asesoramiento legal. Cómo elaboramos las novedades.
Otras novedades judiciales
Ver todas →La Suprema Corte bonaerense rechazó el recurso de Provincia Seguros y confirmó que el límite de cobertura se extiende a los mínimos vigentes al cumplir la sentencia
La Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires rechazó por insuficiente el recurso extraordinario de la aseguradora y dejó firme que su obligación llega hasta los montos mínimos fijados por la reglamentación vigente al momento del cumplimiento. Además, descartó que se trate de una indexación prohibida por el art. 10 de la ley 25.561.
Leer la novedad →La Corte dejó sin efecto por arbitraria una reducción de indemnizaciones por valor vida y daño moral tras un accidente fatal
La Corte Suprema dejó sin efecto una sentencia de la Cámara Civil que había recortado de manera significativa las indemnizaciones por la muerte de un hombre en un accidente de tránsito. Consideró que la Cámara no explicó cómo sus propios parámetros justificaban un monto menor, lo que afecta la defensa en juicio.
Leer la novedad →La Justicia porteña condenó a una aseguradora a pagar muy por encima de la suma asegurada por no pagar en término el robo de un auto
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo de la Ciudad de Buenos Aires condenó a una aseguradora a indemnizar muy por encima de la suma asegurada pactada, porque no pagó en término el siniestro de robo de un auto. El tribunal sostuvo que el límite de cobertura solo protege a la aseguradora cuando cumple en tiempo, y sumó privación de uso, daño moral e intereses.
Leer la novedad →