La CNAT invalidó el pagaré de USD 32.500 que Flybondi le exigía a un piloto por renunciar antes de dos años

La Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia que anuló el pagaré que un piloto de FB Líneas Aéreas S.A. (Flybondi) había firmado al ingresar a la empresa. El tribunal consideró que la cláusula, disfrazada de devolución de gastos de capacitación, vulneraba su libertad de trabajar y de contratar.

Fecha31 de agosto de 2026
TribunalSala V de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo
MateriaLaboral

Qué pasó

La Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la decisión de primera instancia que declaró inválido un pagaré por USD 32.500 firmado por un piloto al ingresar a trabajar en FB Líneas Aéreas S.A., más conocida como Flybondi, según la resolución difundida el 31 de agosto de 2026. El documento, suscripto bajo la denominación "Convenio de formación profesional. Compromiso de permanencia y no competencia", exigía la devolución de ese monto si el trabajador rescindía el vínculo laboral antes de cumplir dos años en la empresa.

En el voto del juez Gabriel de Vedia, al que adhirió Enrique Catani, el tribunal sostuvo que el acuerdo pretendió disfrazar un compromiso de permanencia forzada bajo el argumento de una "tasa de retorno a la inversión formativa". La empresa, además, no logró acreditar objetivamente los comprobantes de los supuestos gastos en cursos y capacitaciones por ese importe.

La Cámara agregó que si la empresa decidió contratar a un piloto principiante y asumir el costo de su formación inicial, esa decisión respondió a una conveniencia comercial y no a un gesto altruista. De Vedia remarcó que el trabajador "puede elegir finalizar el vínculo que lo une a su contraparte con la sola obligación de preavisar su decisión", y que someterlo a un plazo de 24 meses bajo amenaza de ejecutar un pagaré firmado para conseguir el empleo "atenta contra su libertad de trabajar y de contratación".

Conceptos jurídicos aplicados

libertad de trabajolibertad de contrataciónpagarécompromiso de permanenciacláusula de no competenciacapacitación laboral

Por qué es relevante

El fallo traza un límite a una práctica extendida en aerolíneas low cost: usar pagarés y "convenios de formación" para atar al personal técnico, especialmente pilotos, a la empresa durante los primeros años bajo amenaza de una ejecución cambiaria si renuncian antes de tiempo. La Cámara desarmó esa figura al calificarla como una restricción a la libertad de trabajar y de contratación.

El criterio central es que la carga de probar el costo real de la capacitación recae sobre el empleador: sin comprobantes objetivos que acrediten el gasto invocado, la cláusula de devolución pierde sustento y el pagaré no puede ejecutarse. Es un punto relevante porque estos convenios suelen redactarse con montos fijos y genéricos, sin desagregar qué se cobra y por qué.

Para trabajadores del sector aeronáutico y de otras industrias con procesos de capacitación inicial a cargo del empleador, el precedente ofrece un argumento de defensa frente a este tipo de pagarés: haber financiado un curso no alcanza para condicionar la libertad de renunciar, y el trabajador conserva el derecho a desvincularse con la sola obligación de preavisar.

Fuente: Diario Judicial. Esta nota es un resumen informativo elaborado por Nino Legal; no constituye asesoramiento legal. Cómo elaboramos las novedades.

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