La Legislatura porteña aprobó la transferencia de la Justicia Laboral Nacional a la Ciudad
Con 36 votos a favor, el cuerpo ratificó el traspaso del fuero laboral a CABA tras el levantamiento de la cautelar que lo tenía frenado. Habrá diez nuevos juzgados: las demandas nuevas por despidos, accidentes e indemnizaciones irán al fuero porteño, mientras las causas ya abiertas siguen en la Justicia Nacional.
Qué pasó
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobó, en la sesión del 27 de agosto de 2026, la transferencia de la Justicia Nacional del Trabajo al ámbito porteño, con 36 votos a favor, 2 en contra y 20 abstenciones (el bloque del PJ se abstuvo). La votación ratificó el convenio de transferencia de competencias laborales firmado el 9 de febrero de 2026 entre el entonces jefe de Gabinete de la Nación, Manuel Adorni, y el ministro de Justicia porteño, Gabino Tapia, en el marco del artículo 129 de la Constitución Nacional.
La sanción quedó destrabada después de que el juez Enrique Lavié Pico, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 7, dejara sin efecto el 26 de agosto la medida cautelar que, a pedido de la Unión de Empleados de la Justicia Nacional, tenía frenada la implementación del convenio de traspaso.
El nuevo fuero se apoya en dos leyes porteñas ya existentes que habían quedado suspendidas por planteos judiciales: la ley 6.789 (sancionada en diciembre de 2024), que crea diez juzgados de primera instancia del trabajo y una Cámara de Apelaciones del Trabajo con dos salas, y la ley 6.790 (publicada en el Boletín Oficial en enero de 2025), que establece el código procesal propio del nuevo fuero. Con la cautelar levantada, resta que Ciudad y Nación firmen un segundo convenio específico sobre transferencia de recursos, personal y edificios, para el que el Gobierno porteño cuenta con hasta 180 días.
Desde la puesta en marcha del nuevo fuero, las demandas individuales por despidos, accidentes de trabajo e indemnizaciones que se inicien en la Ciudad tramitarán ante los juzgados laborales porteños. Los conflictos colectivos y los reclamos de organizaciones sindicales no forman parte de la transferencia. Las causas ya iniciadas ante la Justicia Nacional del Trabajo continúan tramitando allí hasta su resolución.
Conceptos jurídicos aplicados
Por qué es relevante
Para trabajadores y empleadores con juicios laborales en la Ciudad, el dato práctico es la fecha de inicio de la demanda: las causas ya abiertas siguen en la Justicia Nacional del Trabajo con sus mismos jueces y trámites, mientras que toda demanda nueva por despido, accidente de trabajo o cobro de indemnización deberá presentarse ante los nuevos juzgados porteños, regidos por el código procesal de la ley 6.790, distinto de la ley 18.345 nacional.
Todavía falta el segundo convenio de transferencia de recursos, personal y edificios (hasta 180 días) antes de que el fuero esté operativo en los hechos, así que conviene hacer seguimiento de cuándo la Ciudad anuncia la fecha de puesta en marcha y la designación de jueces antes de iniciar una demanda nueva, para saber con certeza ante qué fuero corresponde presentarla.
Para estudios que litigan en materia laboral en CABA, el cambio implica revisar desde el inicio de cada caso la competencia territorial (Nación o Ciudad) según la fecha del hecho y de la eventual demanda, y prepararse para un código procesal nuevo con reglas y plazos propios.
Fuente: Tiempo Judicial. Esta nota es un resumen informativo elaborado por Nino Legal; no constituye asesoramiento legal. Cómo elaboramos las novedades.
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