La Justicia embargó el departamento de San José 1111, donde Cristina Kirchner cumple prisión domiciliaria, y otros bienes de la causa Vialidad

El Tribunal Oral Federal N° 2 ordenó el embargo del departamento de San José 1111 y de otras propiedades y sociedades vinculadas a la familia Kirchner y a Lázaro Báez, en una nueva etapa de la ejecución patrimonial del decomiso de $685.000 millones dictado en la causa Vialidad. El tribunal aclaró que la medida no implica el remate inmediato del inmueble ni altera la prisión domiciliaria de la expresidenta.

Fecha12 de agosto de 2026
TribunalTribunal Oral Federal N° 2
MateriaPenal · Corrupción · Propiedad

Qué pasó

El Tribunal Oral Federal N° 2, integrado por los jueces Rodrigo Giménez Uriburu, Jorge Gorini y Andrés Basso, ordenó el embargo del departamento de San José 1111, piso 2, departamento D, en el barrio porteño de Monserrat (matrícula FRE 12-759/05), donde Cristina Fernández de Kirchner cumple la condena de seis años de prisión domiciliaria. La medida alcanza también a un Honda CR-V EXL (dominio IFU 999) registrado a nombre de la expresidenta.

El embargo se extiende a bienes en cabeza de Los Sauces S.A. y Hotesur S.A., las sociedades familiares cuyas acciones pertenecen a Máximo y Florencia Kirchner: un dúplex con siete cocheras y un departamento con baulera en el complejo Madero Center, un chalet sobre la avenida Costanera Presidente Néstor Kirchner en El Calafate, el Hotel La Aldea del Chaltén y varios inmuebles en Río Gallegos, El Calafate y otras localidades de Santa Cruz. La resolución también incluye bienes de Lázaro Báez y de sociedades vinculadas a él.

La medida se dicta como una nueva etapa de la ejecución patrimonial del decomiso de $685.000 millones dispuesto en la causa Vialidad por la administración fraudulenta de fondos públicos destinados a la obra vial en Santa Cruz, y alcanza a 141 bienes identificados por los fiscales en este segundo tramo de la ejecución —entre inmuebles, vehículos y participaciones societarias—, que se suman al primer listado de 111 propiedades relevado tras la firmeza del decomiso, confirmada por la Corte Suprema el 2 de julio de 2026.

El tribunal aclaró expresamente que el embargo del departamento de San José 1111 no implica un remate inmediato de la propiedad ni modifica su titularidad: funciona como garantía patrimonial mientras avanza el proceso de identificación y tasación de los bienes alcanzados por el decomiso. Cristina Fernández de Kirchner continúa cumpliendo la condena bajo el régimen de prisión domiciliaria en ese mismo domicilio.

Conceptos jurídicos aplicados

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Por qué es relevante

La resolución distingue con claridad dos institutos que suelen confundirse: el embargo es una medida cautelar que asegura los bienes durante la ejecución de la sentencia, mientras que el decomiso —ya firme desde julio de 2026— es la privación definitiva del dominio. Por eso el tribunal remarcó que la medida no habilita un remate inmediato ni afecta la situación procesal de la condenada respecto de su domicilio.

El caso también confirma un criterio de ejecución patrimonial cada vez más utilizado en causas de corrupción: extender el embargo a bienes formalmente en cabeza de sociedades controladas por terceros —en este caso, Los Sauces y Hotesur, de Máximo y Florencia Kirchner— cuando la Justicia entiende que existe una conexión económica entre esos activos y las maniobras que originaron el perjuicio al Estado.

En la práctica, la medida abre la etapa de identificación y tasación de este segundo bloque de bienes, con otro grupo todavía en análisis, y son previsibles nuevos planteos de las defensas sobre qué activos están efectivamente comprendidos por el decomiso, en particular los que están en cabeza de personas y sociedades no condenadas en la causa.

Fuente: Infobae. Esta nota es un resumen informativo elaborado por Nino Legal; no constituye asesoramiento legal. Cómo elaboramos las novedades.

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