El Gobierno puso a la Cancillería a cargo de sancionar a las petroleras que operen sin permiso en Malvinas y las dejó afuera del RIGI

El Decreto 868/2026, publicado el 4 de septiembre en el Boletín Oficial, transfirió de la Secretaría de Energía a la Cancillería la autoridad de aplicación de la Ley 26.659, fijó un sumario administrativo de 10 días hábiles y exigió una declaración jurada para acceder al RIGI y a los permisos de hidrocarburos. Las petroleras que operen en la plataforma continental frente a Malvinas sin autorización argentina quedan expuestas a sanciones y fuera del régimen.

Fecha4 de septiembre de 2026
OrganismoPoder Ejecutivo Nacional
MateriaAdministrativo · Empresas

Qué pasó

El Decreto 868/2026, firmado por el presidente Javier Milei junto al canciller Pablo Quirno, el ministro de Economía Luis Caputo y el jefe de Gabinete Diego Santilli, fue publicado el 4 de septiembre de 2026 en el Boletín Oficial. La norma modifica la reglamentación de la Ley 26.659 (conocida como "ley Pino Solanas", con las modificaciones de la Ley 26.915), que sanciona a quienes desarrollen o faciliten actividades de exploración o explotación de hidrocarburos en la plataforma continental argentina, incluida el área de Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur, sin el permiso correspondiente del Estado argentino.

El cambio central traslada la autoridad de aplicación de la ley desde la Secretaría de Energía al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto. El decreto instruye a todos los organismos de la administración pública a informar a la Cancillería, dentro de los 5 días hábiles, cualquier hecho que pueda encuadrar en las conductas prohibidas por la ley. Para investigar y sancionar fija un procedimiento sumario simplificado: notificado el presunto infractor, tiene 10 días hábiles administrativos para constituir domicilio y presentar descargo y pruebas, y la Cancillería cuenta con otros 10 días hábiles para dictar resolución fundada, de archivo o de sanción.

En paralelo, la norma exige una declaración jurada del representante legal de la empresa, certificando que ni la sociedad ni sus accionistas o participantes directos o indirectos incurren ni incurrirán en las conductas prohibidas por la Ley 26.659, tanto para acceder a los permisos y concesiones de hidrocarburos regidos por la Ley 17.319 como para adherir un proyecto al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) de la Ley 27.742. Cuando la autoridad de aplicación del RIGI reciba una de estas declaraciones juradas, antes de resolver debe requerir la intervención previa de la Cancillería.

La norma rige desde su publicación en el Boletín Oficial, el 4 de septiembre de 2026.

Conceptos jurídicos aplicados

ley 26.659 (ley pino solanas)plataforma continental argentinaautoridad de aplicaciónsumario administrativodeclaración juradarégimen de incentivo para grandes inversiones (rigi)permisos de hidrocarburossanciones a empresas

Por qué es relevante

La reforma pone en cabeza de la Cancillería, y no de un organismo técnico-energético, la evaluación de si una empresa operó o participó en actividades hidrocarburíferas no autorizadas en el área de Malvinas, lo que cambia el criterio con el que se va a decidir si corresponde inhabilitar a una compañía o dejarla afuera de un régimen de promoción.

Para las petroleras y sus asesores, el punto más concreto es la declaración jurada: quien pretenda un permiso o concesión de hidrocarburos bajo la Ley 17.319, o busque adherir un proyecto al RIGI, va a tener que certificar —bajo declaración jurada del representante legal, con control extendido a accionistas y participantes indirectos— que no tiene vínculos con actividades no autorizadas en la plataforma continental frente a Malvinas. Eso obliga a revisar la cadena societaria y los antecedentes operativos de todo el grupo, no solo los de la sociedad que firma el proyecto, antes de presentar la declaración.

El sumario es breve (10 días hábiles para el descargo, 10 días hábiles para resolver), así que conviene tener organizada de antemano la documentación que acredite la ausencia de actividad no autorizada en la zona, porque los plazos para reaccionar ante una imputación son cortos.

Fuente: Derecho en Zapatillas — Expediente Decreto 868/2026. Esta nota es un resumen informativo elaborado por Nino Legal; no constituye asesoramiento legal. Cómo elaboramos las novedades.

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