El Gobierno concentró en el SENASA el control de los alimentos y dejó al INAL fuera del sistema
El Decreto 697/2026, publicado en el Boletín Oficial del 3 de agosto, reescribe el Sistema Nacional de Control de Alimentos: el Instituto Nacional de Alimentos deja de integrarlo y el SENASA concentra el registro, la fiscalización y el control de importación de productos alimenticios. La norma amplía además la equivalencia automática a aditivos, coadyuvantes e ingredientes certificados en el exterior.
Qué pasó
El Decreto 697/2026, dictado el 31 de julio y publicado en el Boletín Oficial el 3 de agosto de 2026 bajo el título "Código Alimentario Argentino", reforma en profundidad el Decreto 815/1999, la norma que organizó el Sistema Nacional de Control de Alimentos. Al sustituir su artículo 4, el nuevo texto establece que ese sistema queda integrado por la Secretaría de Gestión Sanitaria del Ministerio de Salud y por el SENASA: el Instituto Nacional de Alimentos (INAL), la estructura técnica que dependía de la ANMAT y que hasta ahora controlaba que los productos comercializados cumplieran el Código Alimentario Argentino, ya no aparece en el esquema.
El SENASA (Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria) pasa a ejecutar la política alimentaria y concentra el registro de productos y establecimientos, la fiscalización higiénico-sanitaria, los controles de importación y la aplicación de sanciones en todo el país. El Ministerio de Salud retiene la rectoría sanitaria y la actualización del Código Alimentario Argentino, que se hará por resolución conjunta con el Ministerio de Economía, mientras el SENASA queda a cargo de la ejecución operativa. El decreto además deroga los artículos 23, 24, 35, 36, 38 y los Anexos I y II del Decreto 815/1999.
El decreto también extiende el régimen de equivalencia automática a aditivos, coadyuvantes de tecnología e ingredientes certificados por los países incluidos en el Anexo III, que hasta ahora regía solo para productos terminados. Para esos insumos alcanza con una declaración jurada de importación, sin que la autoridad pueda exigir requisitos adicionales ni la incorporación previa al Código Alimentario Argentino. La norma fija además un plazo de 45 días hábiles para resolver las modificaciones pendientes al Código Alimentario Argentino, y rige desde su publicación.
Conceptos jurídicos aplicados
Por qué es relevante
El cambio unifica en un solo organismo controles que antes estaban repartidos entre el INAL, la ANMAT y distintas dependencias, lo que en la práctica reduce la cantidad de instancias que debía sortear una empresa alimenticia para registrar un producto, habilitar un establecimiento o importar un insumo. Para la industria alimenticia y para importadores de aditivos e ingredientes, la extensión de la equivalencia automática a insumos certificados en países del Anexo III implica que ya no hace falta tramitar la incorporación previa al Código Alimentario Argentino: basta con la declaración jurada de importación.
Para estudios que asesoran a empresas del sector alimenticio, el punto de contacto operativo pasa a ser el SENASA y no ya el INAL ni la ANMAT en lo que hace a registro de productos, habilitación de plantas, importaciones y régimen sancionatorio. Conviene revisar los expedientes en trámite ante el INAL para confirmar bajo qué organismo continúan y actualizar los procedimientos internos de compliance alimentario a la nueva estructura de competencias entre SENASA y Ministerio de Salud.
Al tratarse de un decreto simple del Poder Ejecutivo y no de un DNU, no requiere el control posterior de la Comisión Bicameral Permanente de Trámite Legislativo, por lo que su aplicación es inmediata desde la publicación en el Boletín Oficial. La reglamentación operativa que dicte el SENASA para absorber estas funciones será clave para saber cómo se instrumentan en la práctica los nuevos plazos y trámites.
Fuente: Derecho en Zapatillas — Expediente Decreto 697/2026 (DECTO-2026-697-APN-PTE). Esta nota es un resumen informativo elaborado por Nino Legal; no constituye asesoramiento legal. Cómo elaboramos las novedades.
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