Un juez federal ordenó readecuar un crédito UVA del Banco Nación: la cuota había pasado del 11% al 49% del ingreso de la deudora

El Juzgado Federal de San Francisco (Córdoba) hizo lugar a la demanda de Vanesa Perren contra el Banco de la Nación Argentina y ordenó recalcular las cuotas del crédito hipotecario UVA mediante la teoría del esfuerzo compartido: cada parte absorbe el 50% de la diferencia entre el ajuste por UVA y el ajuste por CVS. Si la cuota supera el 30% del ingreso neto, se limita a ese tope extendiendo el plazo hasta un 25% adicional.

Fecha18 de junio de 2026
TribunalJuzgado Federal de San Francisco (Córdoba)
MateriaBancario · Consumo

Qué pasó

Vanesa Mara Perren tomó en agosto de 2018 un crédito hipotecario UVA del Banco de la Nación Argentina por $1.400.000 (más de 65.000 UVA) a 30 años para comprar una vivienda en San Francisco, Córdoba. Al momento de firmar, la cuota representaba el 11% de sus ingresos; en febrero de 2023, cuando inició la demanda, ese porcentaje había trepado al 49%, sin que sus ingresos crecieran en la misma proporción que el índice UVA.

El juez Sergio A. Pinto hizo lugar a la demanda y ordenó readecuar las cuotas aplicando la teoría del esfuerzo compartido: las cuotas se recalculan tomando un punto intermedio entre el valor que resulta del ajuste por UVA y el valor que habría resultado de ajustar por el Coeficiente de Variación Salarial (CVS), distribuyendo el 50% de la diferencia a cada parte. La readecuación rige desde agosto de 2019 hasta la cancelación del préstamo.

Como protección adicional, el fallo establece que si la cuota readecuada supera el 30% de los ingresos netos de la deudora, se limita a ese tope y el plazo del préstamo se extiende hasta un 25% adicional. Las costas se impusieron en el orden causado.

Conceptos jurídicos aplicados

crédito hipotecario UVAteoría del esfuerzo compartidoteoría de la imprevisióncoeficiente de variación salarialreadecuación de deudarelación cuota/ingresoart. 1091 CCyCNderechos del consumidor

Por qué es relevante

El fallo consolida en la justicia federal de Córdoba la doctrina del esfuerzo compartido como respuesta al desajuste entre la evolución del índice UVA y el crecimiento real de los ingresos de los deudores. El fundamento jurídico es el art. 1091 del CCyCN (teoría de la imprevisión): la pandemia y la crisis económica de 2019-2020 alteraron radicalmente las circunstancias existentes al momento de contratar.

El criterio 50/50 entre UVA y CVS, con tope de cuota en el 30% del ingreso, ya había sido receptado por otros tribunales del país. Este precedente suma un juzgado federal a esa corriente y fija parámetros concretos que otros deudores en situación similar pueden invocar en casos análogos contra el Banco Nación u otras entidades.

Para los tomadores de créditos UVA cuya relación cuota/ingreso se deterioró severamente tras 2018, el fallo confirma que la vía judicial es viable y que los tribunales están dispuestos a distribuir el peso del desequilibrio entre el deudor y el banco, antes que trasladar toda la carga sobre el consumidor.

Fuente: Palabras del Derecho — Expediente FCB 26832/2023. Esta nota es un resumen informativo elaborado por Nino Legal; no constituye asesoramiento legal.

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