La Justicia homologó el acuerdo entre Apple y ADELCO: hasta USD 40 para usuarios argentinos de iPhone afectados por el "batterygate"

El Juzgado Nacional en lo Comercial N° 21 homologó el acuerdo colectivo por el que Apple destinará USD 3 millones a indemnizar a usuarios argentinos de iPhone 6, 6 Plus, 6s, 6s Plus, SE, 7 y 7 Plus por la reducción de rendimiento no informada conocida como "batterygate".

Fecha11 de agosto de 2026
TribunalJuzgado Nacional en lo Comercial N° 21 (juez Germán Paez Castañeda)
MateriaAcciones Colectivas · Consumo · Daños y Perjuicios

Qué pasó

La Acción del Consumidor (ADELCO) había demandado a Apple Inc. el 4 de febrero de 2020 por la llamada "batterygate": la limitación no informada del rendimiento del procesador en iPhone con baterías ya envejecidas, introducida mediante las actualizaciones de iOS 10.2.1 y 11.2. El reclamo apuntó a la falta de información a los consumidores sobre esa función, en los términos de la Ley de Defensa del Consumidor 24.240. El expediente, caratulado "Acción del Consumidor - ADELCO c/ Apple Inc. s/ ordinario" (COM 285/2020), tramitó ante el Juzgado Nacional en lo Comercial N° 21, a cargo del juez Germán Paez Castañeda.

El juzgado homologó el acuerdo alcanzado entre ADELCO y Apple el 11 de agosto de 2026, con una resolución aclaratoria dictada el 24 de agosto de 2026; ambas decisiones quedaron firmes e inapelables. Apple aceptó constituir un fondo sin reconocer los hechos ni responsabilidad legal.

El acuerdo destina un fondo total de USD 3 millones para indemnizar a los usuarios alcanzados, con un tope de hasta USD 40 por dispositivo aprobado; el monto final por equipo dependerá de la cantidad de reclamos validados. Califican quienes residían en Argentina al 4 de febrero de 2020 y fueron propietarios de un iPhone 6, 6 Plus, 6s, 6s Plus, SE (primera generación), 7 o 7 Plus que haya corrido las versiones de iOS con la función de administración de rendimiento antes del 21 de diciembre de 2017. Quedan excluidos quienes no residían en el país en esa fecha, empleados de Apple y sus familiares directos, y quienes ya cuentan con sentencia firme sobre el mismo reclamo.

El reclamo se tramita en forma gratuita e individual a través del portal acuerdosmartphones.com.ar, habilitado especialmente para este acuerdo, donde hay que cargar los datos del titular y el IMEI del equipo. El plazo para completar el formulario es de seis meses desde la fecha de implementación del acuerdo; al momento de esta nota el formulario aún no estaba habilitado.

Conceptos jurídicos aplicados

acción de consumodemanda colectivahomologación judicialbatterygateley 24.240deber de informaciónobsolescencia programadaindemnización a consumidores

Por qué es relevante

El caso es uno de los pocos acuerdos colectivos de consumo en Argentina homologados judicialmente contra una multinacional tecnológica, y confirma que la falta de información sobre modificaciones de rendimiento vía actualizaciones de software puede generar responsabilidad bajo la Ley 24.240, aun sin que la empresa reconozca los hechos.

Para la práctica de consumo, el expediente funciona como antecedente de acción colectiva en el fuero comercial porteño con mecanismo de reclamo centralizado y plazo de caducidad expreso, un formato que previsiblemente se repita en futuros acuerdos por obsolescencia programada o fallas masivas de hardware/software.

Para los usuarios, el punto clave es el plazo: la indemnización no es automática, exige completar un formulario dentro de los seis meses desde la apertura del portal acuerdosmartphones.com.ar, y quienes no reclamen dentro de ese plazo pierden el derecho al cobro.

Fuente: Derecho en Zapatillas — Expediente COM 285/2020 - "Acción del Consumidor - ADELCO c/ Apple Inc. s/ ordinario". Esta nota es un resumen informativo elaborado por Nino Legal; no constituye asesoramiento legal. Cómo elaboramos las novedades.