Condenaron a cuatro años y medio de prisión a un enfermero de PAMI que vendía fentanilo y bromuro de vecuronio por redes sociales
El juez federal de garantías de Rosario Carlos Vera Barros homologó un acuerdo pleno entre la fiscalía y la defensa y condenó a Luis Emmanuel Benavidez por comercio de estupefacientes, venta de sustancias medicinales peligrosas, hurto y tenencia ilegítima de arma de fuego. El caso nació de la denuncia del padre de un hombre que murió en 2023.
Qué pasó
El 4 de septiembre de 2026, el juez federal de garantías de Rosario Carlos Vera Barros homologó un acuerdo pleno entre el Ministerio Público Fiscal y la defensa de Luis Emmanuel Benavidez, enfermero del Policlínico PAMI II de Rosario. El imputado reconoció los hechos, su participación, la prueba, la calificación legal y la pena propuesta: cuatro años y seis meses de prisión efectiva, con inhabilitación especial por igual plazo para ejercer cargos públicos y la profesión de enfermero.
La condena fue como autor de cuatro delitos en concurso real: comercio de estupefacientes, por el fentanilo; venta de sustancias medicinales peligrosas para la salud disimulando su carácter nocivo (artículo 201 del Código Penal), por el bromuro de vecuronio; hurto, por los medicamentos que sustraía del hospital; y tenencia ilegítima de arma de fuego de uso civil. La fiscalía dio por acreditado que el enfermero vendía esas sustancias, de uso exclusivamente intrahospitalario, como drogas recreativas a través de redes sociales.
La investigación federal comenzó en julio de 2025 con la denuncia del padre de un hombre de 37 años que murió el 9 de agosto de 2023, en cuyo domicilio se habían hallado una jeringa y un envase de bromuro de vecuronio. La autopsia había establecido como indeterminada la causa de la muerte y la investigación provincial se había archivado. El padre aportó el celular de su hijo, con conversaciones de WhatsApp en las que el enfermero le ofrecía fentanilo y vecuronio, y un audio en el que le indicaba cómo administrar las ampollas.
El 30 de septiembre de 2025, Gendarmería Nacional allanó el domicilio que Benavidez usaba en Rosario y la vivienda de sus padres en Concepción del Uruguay, Entre Ríos. En el primero secuestró cuatro ampollas de fentanilo, cuatro cajas de bromuro de vecuronio con 99 frascos, 98 jeringas con agujas, otros medicamentos y material vegetal similar al cannabis; en la segunda, una pistola Bersa calibre .22 con un cargador y 51 municiones. El cotejo de los lotes estableció que el fentanilo y el vecuronio habían ingresado antes al Policlínico PAMI II. Intervinieron la fiscal federal Soledad García y el fiscal federal coadyuvante Matías Mené, de la Unidad Fiscal Rosario, y el fiscal coadyuvante Martín Uriona, de la Procuraduría de Narcocriminalidad (PROCUNAR).
Conceptos jurídicos aplicados
Por qué es relevante
El caso muestra cómo se encuadra penalmente el desvío de medicamentos de uso hospitalario hacia el consumo recreativo. El fentanilo se trató como comercio de estupefacientes: la fiscalía sostuvo que, por su destino ilegítimo, queda comprendido como estupefaciente y que venderlo desviado equivale a vender cualquier otra droga de abuso. El bromuro de vecuronio, un relajante muscular que se usa en anestesia general y cuidados intensivos, se encuadró en el artículo 201 del Código Penal: venta de sustancias medicinales peligrosas para la salud disimulando su carácter nocivo.
También pesa la calificación de la sustracción. En la formalización de la investigación se había imputado malversación de caudales, pero el acuerdo la encuadró como hurto: la información aportada por PAMI mostró que entre las tareas del enfermero, que trabajaba en el área de Central de Materiales y Esterilización, no estaba la custodia de fármacos ni de estupefacientes.
Para graduar la pena, la fiscalía valoró como agravantes la cantidad y variedad de sustancias halladas, el desvío de medicamentos desde el ámbito laboral y el aprovechamiento de la condición de enfermero, y como atenuante la falta de antecedentes penales. El caso se resolvió en un año desde la formalización de la investigación, sin debate oral, y la inhabilitación especial le impide al condenado ejercer la enfermería y cargos públicos durante el mismo plazo de la pena.
Fuente: Ministerio Público Fiscal (fiscales.gob.ar). Esta nota es un resumen informativo elaborado por Nino Legal; no constituye asesoramiento legal. Cómo elaboramos las novedades.
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