Cromañón: la Cámara redujo a $590.700 la indemnización a una sobreviviente y rechazó el daño punitivo contra el Estado

La Sala IV de la Cámara Contencioso Administrativo Federal modificó la sentencia de primera instancia en una demanda por el incendio de República Cromañón: mantuvo la condena al GCBA y al Estado Nacional, descartó el daño estético y el daño punitivo y bajó el daño moral. La responsabilidad entre los condenados quedó en 35% el GCBA, 35% el Estado Nacional y 30% los particulares, con un voto en disidencia parcial.

Fecha9 de junio de 2026
TribunalCámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, Sala IV
MateriaDaños y Perjuicios · Responsabilidad del Estado

Qué pasó

Una sobreviviente del incendio ocurrido el 30 de diciembre de 2004 en el local República Cromañón demandó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires por los daños sufridos. En primera instancia, la jueza hizo lugar parcialmente a la demanda contra el GCBA y contra los terceros citados: el Estado Nacional (a través de la Policía Federal Argentina y la Superintendencia Federal de Bomberos) y un grupo de particulares condenados en la causa penal. Eximió de responsabilidad a uno de los terceros, impuso las costas a quien lo había citado y fijó rubros por daño psicológico, tratamiento psicológico, daño estético y daño moral, con intereses a tasa pasiva desde la fecha del hecho. La distribución entre los responsables quedó en 35% para el GCBA, 35% para el Estado Nacional y 30% para los particulares.

Apelaron la actora, el GCBA y el Estado Nacional. La Sala IV, con votos de Marcelo Daniel Duffy y Jorge Eduardo Morán, modificó parcialmente la sentencia. Declaró desierto el recurso del Estado Nacional contra la imposición de costas por falta de fundamentación. Calificó la situación como responsabilidad concurrente entre personas públicas y privadas, y no como solidaria: cada responsable responde por el todo frente a la víctima, sin perjuicio de las acciones de regreso entre ellos, para las cuales confirmó los porcentajes de 35%, 35% y 30%.

En cuanto a los rubros, la Cámara rechazó el daño físico planteado por la actora (un cáncer de tiroides que atribuía al estrés postraumático) porque la pericia psiquiátrica señaló que no estaba probada la relación causal ni había relación cronológica con el hecho, y los testimonios no alcanzaban por sí solos para probarla. También rechazó el daño estético, por falta de prueba del impacto concreto de las lesiones en la vida de la actora. Confirmó los $157.500 por daño psicológico y los $83.200 por tratamiento psicológico (rechazando que se la remita a servicios públicos gratuitos) y redujo el daño moral a $350.000. El total quedó en $590.700, con intereses a tasa pasiva promedio del Banco Central desde el 30 de diciembre de 2004, salvo el tratamiento psicológico, que corre desde la sentencia de primera instancia. Las costas de la alzada se impusieron 70% a las condenadas y 30% a la actora.

El juez Rogelio W. Vincenti adhirió a todo salvo a la distribución entre responsables: por aplicación del principio de causalidad paritaria, propuso 50% para el grupo de particulares y 50% para el GCBA y el Estado Nacional, es decir 25% cada uno.

Conceptos jurídicos aplicados

responsabilidad concurrenteresponsabilidad del Estado por omisióndaño punitivoley 26.944daño moraldaño psicológicodaño estéticotasa pasiva

Por qué es relevante

Lo novedoso es el rechazo del daño punitivo. La actora lo reclamaba con base en la relación de consumo con los organizadores por la compra de la entrada. La Sala IV respondió que el caso no queda dentro de la ley 24.240 y que, tratándose de responsabilidad objetiva y directa del Estado, el rubro no procede. Como argumento adicional, citó el artículo 1 de la ley nacional 26.944 y el artículo 1 de la ley 6.325 de la Ciudad, que excluyen la sanción pecuniaria disuasiva contra el Estado, y aclaró que, aunque la ley 26.944 no regía al momento del hecho, el legislador estableció expresamente la improcedencia del rubro.

Para quien litiga estos reclamos, el fallo reafirma varios criterios: la responsabilidad concurrente de Nación y Ciudad por omisiones de control, con porcentajes de regreso fijados por la propia Sala en un precedente de 2017; la exigencia de prueba pericial del nexo causal para el daño físico y de prueba concreta del impacto para el daño estético; y el daño moral presumido por el solo evento, pero con montos que la Sala ajusta según sus precedentes análogos. También deja claro cómo se cobra: contra el Estado Nacional rigen el artículo 22 de la ley 23.982 y el artículo 20 de la ley 24.624, y contra el GCBA el procedimiento del Código Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad.

Fuente: SAIJ — Expediente CAF 28715/2007 - "C., Y. S. c/ GCBA y otro s/ daños y perjuicios". Esta nota es un resumen informativo elaborado por Nino Legal; no constituye asesoramiento legal. Cómo elaboramos las novedades.

Otras novedades judiciales

Ver todas →
23 de junio de 2026Responsabilidad del Estado · Daños y Perjuicios

La Cámara porteña elevó la indemnización por daño moral a la trabajadora que sobrevivió al incendio de un hogar de tránsito donde murieron dos menores

La Sala IV de la Cámara Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad confirmó la responsabilidad del GCBA por el incendio de 2002 en el Hogar Piedra Libre y elevó de $30.000 a $60.000 —a valores de 2002, más intereses— el resarcimiento por daño moral para la operadora social que trabajaba allí, aunque mantuvo el rechazo del reclamo por pérdida de chance.

Leer la novedad →
16 de octubre de 2026Consumo · Daños y Perjuicios

Pagó $1.170.900 por una Peugeot 5008 que nunca le entregaron: condenan a la intermediaria a pagarle el valor actual de la camioneta y daño punitivo

Un juzgado civil y comercial de Mar del Plata condenó a la empresa que cobró las transferencias y no entregó la 0 km, y la obligó a indemnizar con el precio actualizado de una Peugeot 5008, daño moral y daño punitivo. La automotriz y la concesionaria oficial quedaron fuera de la condena por falta de vínculo contractual probado.

Leer la novedad →
28 de agosto de 2026Daños y Perjuicios · Salud

Mala praxis en el Garrahan: la Cámara Civil eleva al 40% la pérdida de chance por la muerte de una niña prematura y aumenta el daño moral

La Sala L de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia que condenaba al Hospital Garrahan por la atención de una bebé prematura fallecida: llevó la chance de sobrevida del 25% al 40% y elevó el daño moral a $150 millones para la madre y $120 millones para el padre.

Leer la novedad →