La Justicia habilitó una acción colectiva del Colegio Público de Abogacía de la Capital Federal contra dos artículos de la reforma laboral
El juez Martín Cormick admitió como acción colectiva la demanda del CPACF en representación de los abogados que litigan en el fuero laboral, contra dos artículos de la ley 27.802 que afectan el cobro de honorarios y las costas del proceso. La resolución solo habilita la vía colectiva: no se pronuncia sobre si esas normas son constitucionales.
Qué pasó
El juez Martín Cormick, titular del Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N° 11, admitió como acción colectiva la demanda promovida por el Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal (CPACF), con adhesión de la Asociación de Abogadas y Abogados de Buenos Aires, contra el Estado Nacional, en representación de los abogados matriculados que tramitan juicios en el fuero laboral. La resolución se conoció entre el 10 y el 13 de julio de 2026.
La demanda cuestiona dos artículos de la ley 27.802, de reforma laboral. El artículo 10 incorpora la figura de la "pluspetición inexcusable" y habilita que las costas por sobreestimación de un reclamo laboral se carguen de forma solidaria al cliente y al abogado que lo patrocinó, sin exigir que medie conducta temeraria de su parte. El artículo 56 modifica el régimen de pago de las sentencias laborales y permite a las empresas grandes abonar las condenas en hasta seis cuotas, y a las pymes en hasta doce, lo que en la práctica difiere el cobro de los honorarios profesionales de los abogados que litigan por los trabajadores.
Para habilitar la vía colectiva, Cormick aplicó los criterios sentados por la Corte Suprema en el precedente "Halabi" y ordenó inscribir el proceso en el Registro Público de Procesos Colectivos.
La resolución es, exclusivamente, sobre la admisibilidad de la acción como colectiva. El juez no se expidió sobre si los artículos 10 y 56 son constitucionales, ni resolvió ningún pedido de medida cautelar: esa discusión de fondo queda pendiente para una etapa posterior del expediente.
Conceptos jurídicos aplicados
Por qué es relevante
La habilitación de la vía colectiva permite que un reclamo con efectos para todo el universo de abogados laboralistas matriculados en el CPACF avance en un solo expediente, en lugar de que cada profesional tenga que litigar de forma individual contra las mismas normas. Es un paso procesal previo y necesario para que más adelante se discuta el fondo: si el recargo solidario de costas y el diferimiento del cobro de honorarios en cuotas son compatibles con la Constitución.
El caso se suma a otros frentes judiciales abiertos contra la ley 27.802 —como la cautelar rechazada de la CGT, o los planteos de monotributistas y de camioneros—, pero con un objeto distinto: acá el cuestionamiento no viene de trabajadores ni de un sindicato, sino del propio colegio profesional, por el impacto de la reforma en el ejercicio de la abogacía laboral y en el cobro de honorarios.
Para los laboralistas, la admisión de la acción colectiva significa que no van a necesitar iniciar demandas individuales para discutir estos dos artículos. Todavía no hay ninguna definición sobre el resultado: la constitucionalidad de las normas y una eventual medida cautelar siguen sin resolverse.
Fuente: Infobae. Esta nota es un resumen informativo elaborado por Nino Legal; no constituye asesoramiento legal. Cómo elaboramos las novedades.
Otras novedades judiciales
Ver todas →La Cámara Laboral de San Juan aplicó el artículo 55 de la reforma laboral y multiplicó por 27 una indemnización, de $5,8 millones a $158 millones
La Sala 2 del tribunal, con los votos de Susana Raed y Germán Parra, aplicó de forma literal el nuevo esquema de intereses de la Ley 27.802 a una causa por despido de 2014 que todavía no tenía sentencia firme. Al reemplazar la doctrina Huaquinchay por el piso y techo que fija la reforma, el crédito laboral saltó de $5.822.000 a casi $158.000.000. Las empresas condenadas ya apelaron ante la Corte de Justicia de San Juan.
Leer la novedad →La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó el rechazo de la cautelar de la CGT contra la reforma laboral y la ley 27.802 sigue vigente
La Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó el rechazo del pedido de la CGT para suspender de manera provisoria 81 artículos de la ley de Reforma Laboral N° 27.802. El tribunal sostuvo que la complejidad fáctica y jurídica del planteo impide adelantar un pronunciamiento sobre el fondo en la etapa cautelar. La central obrera no logró frenar la norma en bloque y la ley sigue rigiendo mientras se tramita el juicio de fondo sobre su constitucionalidad.
Leer la novedad →Un juzgado laboral ordenó a las cámaras del vidrio preservar cláusulas convencionales frente a la reforma laboral
El Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 24 hizo lugar al reclamo del Sindicato de Empleados de la Industria del Vidrio y Afines y ordenó a las cámaras empresarias del sector mantener vigentes los artículos 64 y 65 del convenio colectivo 683/2014, pese a la modificación del artículo 6 de la Ley 14.250 introducida por la Ley 27.802.
Leer la novedad →